ERTE POR CORONAVIRUS

UNA MEDIDA ANTE EL ESTADO DE ALARMA SANITARIA

¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN PEDIR UN ERTE POR EL CORONAVIRUS?

Esta suspensión por Fuerza Mayor no exige conocer la situación económica próspera o adversa de la Empresa, es decir, todos los ERTE de suspensión de contrato o reducción de jornada se considerarán de fuerza mayor si son causados por las medidas adoptadas para combatir la epidemia de coronavirus y se resolverán en un plazo máximo de siete días.

¿CUÁNTO DINERO RECIBIRÍA EL TRABAJADOR EN ESE CASO?

Dependerá de sus circunstancias familiares y de su base reguladora, ese derecho comenzaría desde el día de la solicitud.

¿EL TIEMPO DE COTIZACIÓN, COMPUTA PARA LA PRESTACIÓN DE DESEMPLEO?

Todos los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) debido a la crisis sanitaria del coronavirus tendrán derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo y ese tiempo consumido de paro no contará como gastado.

¿CUÁNTO TIEMPO DURARÍA UN ERTE?

La duración será siempre temporal y se adecuará a la duración de la situación coyuntural que se pretende superar.